(Only spanish)
La actual "Ley de Montes" prohíbe el acceso motorizado a los múltiples montes de nuestro país, dificultando el entrenamiento y aparición de nuevos pilotos DEPORTISTAS para las distintas modalidades del mundo Off Road español.
También dificulta el ocio y disfrute de todos los usuarios, y con ello la libertad de circulación, o de libre elección de nuestras aficiones. Persiguiendo, sancionando y prohibiendo el acceso a los usuarios Off Road al medio natural que les rodea, se les está privando de obtener un medio de entrenamiento, o de poder hacer turismo rural o simplemente dar un paseo y desarrollar una sana afición.
El colectivo de aficionados del mundo off-road pide que halla una regulación del monte pero no una prohibión total de su uso.

Actualmente en Estepona, todos los circuitos de motocross y enduro tienen su acceso prohibido que sumado a la actual "Ley de montes" que nos prohibe totalmente la utilización del mismo, ¿qué hacemos los esteponeros que practicamos éste deporte?. Los aficionados al enduro, llevamos motos matriculadas que pagan todos sus impuestos y demas tasas de circulación como cualquier otro vehiculo pero ¿dónde vamos a poder usar nuestras motos y poder entrenar tranquilos sin llegar a sentirnos como unos delincuentes?
LEGISLACIÓN ACTUAL DE ANDALUCÍA
Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Decreto 208/1997, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Forestal de Andalucía.
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Se prohíbe la circulación de vehículos a motor campo a través, por cortafuegos, vías forestales de extracción de madera, vías pecuarias y cauces secos o inundados y, en general fuera de las vías previstas para dichos vehículos. Velocidad máxima de 40 km/h.
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